El Ayuntamiento de Madrid aprobó a finales del mes de marzo el Plan Especial de Hospedaje, una nueva norma para regular los pisos turísticos de la capital con dos objetivos fundamentales: por un lado, preservar el uso residencial del centro urbano; y por otro, buscar que la actividad del hospedaje se extienda a otras zonas de la ciudad redistribuyendo la actividad económica.
Para ello, el plan ha equiparado las condiciones para implantar una vivienda de uso turístico con las del resto de usos de hospedaje y compatibilizar así los intereses colectivos, como la protección del medio ambiente o el derecho al descanso del vecindario, con el interés de los propietarios de obtener un rendimiento económico de sus inmuebles.
De esta manera, el plan establece que las viviendas que se alquilen para alojamiento turístico durante más de 90 días al año están desarrollando una actividad comercial y deberán solicitar una licencia para uso terciario de hospedaje.
Para obtener dicha licencia la principal novedad es que los alojamientos turísticos que compartan edificio con otras viviendas de uso residencial (sin distinción entre viviendas de uso turístico y otras formas de uso de hospedaje como pensiones) deberán contar con un acceso independiente del resto de los vecinos, no pudiendo hacer uso de puertas de entradas, portales o ascensores comunes a las viviendas.
Sin embargo, estas medidas no afectan en igual medida a toda la ciudad, sino que el plan se desarrolla en tres zonas o anillos concéntricos establecidos en función del nivel de saturación de alojamiento turístico de los diferentes barrios.
El primer anillo coincide con el distrito Centro. El segundo lo forman los barrios del resto del centro histórico, el distrito de Chamberí completo y parte de los distritos de Chamartín, Salamanca, Retiro, Arganzuela y Moncloa-Aravaca. El tercero corresponde al resto de los barrios de la almendra central además de los distritos de Usera, Carabanchel y Latina.
Así, los alojamientos turísticos situados en los anillos 1 y 2 que deseen obtener la licencia de uso de hospedaje, y que compartan edificio con viviendas de uso residencial, deberán contar con acceso independiente al resto de las viviendas. Sin embargo, en el caso del anillo 3, el acceso independiente sólo será obligatorio cuando el uso de hospedaje quiera implantarse en situaciones donde no estén permitidos otros usos terciarios.
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