Con el fin de implantar en la normativa nacional las nuevas directrices europeas en la materia y establecer así un marco regulatorio común se encuentra en trámites de aprobación una nueva ley hipotecaria cuyos objetivos fundamentales son mejorar la transparencia en los contratos hipotecarios y dotar de mayor seguridad y protección al consumidor, una importante mejora del sistema tanto para los usuarios como para el propio sector hipotecario. ¿Pensando en comprar una vivienda? Consulta nuestro buscador de precio.
1. Más información y más clara: El consumidor deberá
recibir por parte de la entidad bancaria que otorgue el préstamo información detallada sobre todas las
clausulas incluidas, así como información de los diferentes escenarios
posibles a futuro en relación con las letras e función de la evolución de los
tipos de interés, al menos siete días antes de la firma del contrato. Además,
para evitar desconocimiento en los términos generales la ley permitirá al cliente adherirse
a un contrato básico con
cláusulas fundamentales.
2. El notario como aval: Un vez recopilada toda la información el cliente deberá
acudir a un notario, cuya consulta será gratuita, quien revisará que efectivamente dispone de toda la documentación
necesaria, que la conoce y comprende y que
no existen cláusulas abusivas, y lo confirmará mediante acta notarial.
3. El fin de los productos asociados: La nueva Ley prohibirá que los
bancos exijan la contratación de productos vinculados a la hipoteca como
tarjetas o seguros de hogar o vida, como
condición sine qua non para su concesión, sin embargo, sí podrán exigir un
seguro de vida o de protección de pagos pero el consumidor tendrá la opción de contratarlo por separado, aunque
podrán ofrecer descuentos en los mismos para hacer atractiva su contratación.
4. Más protección al consumidor: La nueva ley aumenta de tres letras al impago del 2% del total de la deuda en la primera
mitad de la hipoteca, y al 4% de la deuda en la segunda mitad de la misma,
para que el banco pueda activar un proceso de desahucio.
5. Menos comisiones:
a. Por amortización: La penalización por amortización anticipada del crédito no podrá superar el 4% de lo adelantado
(sin contar lo ya pagado) en los cinco primeros años, y queda suprimida para el
resto de la vida de la hipoteca.
b. Por demoras:
Las penalizaciones por demora en los pagos de las mensualidades no podrán superar en 3 veces al interés
legal del dinero.
c. Por cambio de entidad, de tipo de hipoteca o de divisa: Tanto si el usuario decide
cambiar de entidad o modificar alguna de las condiciones del contrato, como
pasar de tipo variable a fijo o cambiar la divisa de la hipoteca, la entidad sólo podrá aplicar una comisión del 0’25%
durante los 3 primeros años y del 0% el resto del tiempo de duración del
préstamo, y reduce los aranceles notariales y registrales.
6. Sin pluses por el número de hipotecas vendidas: La nueva Ley prohibirá a las entidades bancarias
ofrecer a su personal incentivos
vinculados al volumen de contratos hipotecarios firmados.
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La AEV prevé que el precio de la vivienda seguirá al alza en el 2020 pero con mayor moderación.